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Primera cuota gratis: Se procederá a debitar o cargar el costo mensual de S/ 12.90, sin embargo, te devolveremos el 100% del monto cobrado en la primera cuota del Seguro de Tarjetas 360°, en la Tarjeta de Crédito o Cuenta donde se haya realizado el cobro. *Tiempo promedio de pago. Aplica en días hábiles. En caso se requiera, la aseguradora podrá solicitar documentos adicionales.

Plan anual: Se procederá a debitar o cargar el costo de S/ 129.00 anualmente, de este modo ahorras 2 cuotas que pagarías en el plan mensual.

Principales coberturas: Robo de efectivo por retiro en Cajero Automático o Punto de Retiro LA COMPAÑÍA se obliga a indemnizar al ASEGURADO por el Daño Patrimonial que pueda sufrir como consecuencia de un Robo, de forma posterior al Retiro de Dinero que el ASEGURADO haya realizado: (i) en un Cajero Automático de la de la Institución Financiera o (ii) en un Punto de Retiro. Solo se cubrirá el Daño Patrimonial que el ASEGURADO sufra dentro de las ocho (08) horas siguientes al momento de haber realizado el retiro del efectivo.

Utilización Forzada por Terceros de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s): LA COMPAÑÍA se obliga, mediante el cobro de una prima adicional, a indemnizar al ASEGURADO por el Daño Patrimonial que pueda sufrir como consecuencia de la Utilización Forzada de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s). Compras vía Internet o vía telefónica: LA COMPAÑÍA se obliga a indemnizar al ASEGURADO por el Daño Patrimonial que pueda sufrir como consecuencia de compras vía Internet o Telefónica por el Uso Indebido, por parte de un tercero, de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s). Transacciones no Reconocidas por transferencias electrónicas: LA COMPAÑÍA se obliga a indemnizar al ASEGURADO por el Daño Patrimonial que pueda sufrir como consecuencia de Transacciones no Reconocidas por Transferencias Electrónicas realizadas a través de la web de dichos establecimientos o del uso indebido o fraudulento por parte de un tercero no autorizado, a consecuencia de la apropiación indebida de sus datos personales online; siempre que los fondos transmitidos no puedan ser recuperados por la Institución Bancaria por cualquier medio legal, de la cuenta destino a la cuenta de origen.

Principales Exclusiones: La compañía no pagará la indemnización cuando el siniestro ocurra como consecuencia de: Participación, en calidad de autor, cómplice o encubridor del: El propio asegurado; y/o, cualquier pariente del asegurado, hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad; y/o, el/ la cónyuge o conviviente del asegurado, empleado del asegurado, usuario Adicional. Pérdidas ocurridas como consecuencia de operaciones realizadas en lugares en situación de o afectados directamente por invasiones, guerra, sea o no declarada, operaciones o actividades bélicas. Perjuicios derivados de actos ilícitos cometidos por la Entidad Emisora, sus empleados o dependientes. Fallas en el Software o Hardware de los sistemas de la Entidad Emisora de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s). Influencia en el asegurado de cualquier narcótico o droga, a menos que sea recetado por un médico, al momento de la ocurrencia del siniestro. El estado de embriaguez del asegurado, entre otros.

Derecho de arrepentimiento: El ASEGURADO puede desistirse del seguro dentro de los quince (15) días de haber recibido el certificado de seguro pudiendo utilizar para ello, los mismos mecanismos usados para la contratación. En dicho caso, la prima cargada en su cuenta o tarjeta de crédito será devuelta en un plazo máximo de treinta (30) días, contados desde la fecha de la solicitud, sin penalidad alguna, siempre que no haya utilizado ninguna de las coberturas ni beneficios del seguro. Más Información de las coberturas y exclusiones en la página web del banco www.interbank.pe. Cualquier reclamo o inconveniente respecto de las coberturas, restricciones y condiciones del plan serán atendidas por la aseguradora Interseguro.

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Principales coberturas: Robo de efectivo por retiro en Cajero Automático o Punto de Retiro LA COMPAÑÍA se obliga a indemnizar al ASEGURADO por el Daño Patrimonial que pueda sufrir como consecuencia de un Robo, de forma posterior al Retiro de Dinero que el ASEGURADO haya realizado: (i) en un Cajero Automático de la de la Institución Financiera o (ii) en un Punto de Retiro. Solo se cubrirá el Daño Patrimonial que el ASEGURADO sufra dentro de las ocho (08) horas siguientes al momento de haber realizado el retiro del efectivo.

Utilización Forzada por Terceros de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s): LA COMPAÑÍA se obliga, mediante el cobro de una prima adicional, a indemnizar al ASEGURADO por el Daño Patrimonial que pueda sufrir como consecuencia de la Utilización Forzada de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s). Compras vía Internet o vía telefónica: LA COMPAÑÍA se obliga a indemnizar al ASEGURADO por el Daño Patrimonial que pueda sufrir como consecuencia de compras vía Internet o Telefónica por el Uso Indebido, por parte de un tercero, de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s). Transacciones no Reconocidas por transferencias electrónicas: LA COMPAÑÍA se obliga a indemnizar al ASEGURADO por el Daño Patrimonial que pueda sufrir como consecuencia de Transacciones no Reconocidas por Transferencias Electrónicas realizadas a través de la web de dichos establecimientos o del uso indebido o fraudulento por parte de un tercero no autorizado, a consecuencia de la apropiación indebida de sus datos personales online; siempre que los fondos transmitidos no puedan ser recuperados por la Institución Bancaria por cualquier medio legal, de la cuenta destino a la cuenta de origen.​ Principales Exclusiones: La compañía no pagará la indemnización cuando el siniestro ocurra como consecuencia de: Participación, en calidad de autor, cómplice o encubridor del: El propio asegurado; y/o, cualquier pariente del asegurado, hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad; y/o, el/ la cónyuge o conviviente del asegurado, empleado del asegurado, usuario Adicional. Pérdidas ocurridas como consecuencia de operaciones realizadas en lugares en situación de o afectados directamente por invasiones, guerra, sea o no declarada, operaciones o actividades bélicas. Perjuicios derivados de actos ilícitos cometidos por la Entidad Emisora, sus empleados o dependientes. Fallas en el Software o Hardware de los sistemas de la Entidad Emisora de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s). Influencia en el asegurado de cualquier narcótico o droga, a menos que sea recetado por un médico, al momento de la ocurrencia del siniestro. El estado de embriaguez del asegurado, entre otros.

Derecho de arrepentimiento: El ASEGURADO puede desistirse del seguro dentro de los quince (15) días de haber recibido el certificado de seguro pudiendo utilizar para ello, los mismos mecanismos usados para la contratación. En dicho caso, la prima cargada en su cuenta o tarjeta de crédito será devuelta en un plazo máximo de treinta (30) días, contados desde la fecha de la solicitud, sin penalidad alguna, siempre que no haya utilizado ninguna de las coberturas ni beneficios del seguro. Más Información de las coberturas y exclusiones en la página web del banco www.interbank.pe. Cualquier reclamo o inconveniente respecto de las coberturas, restricciones y condiciones del plan serán atendidas por la aseguradora Interseguro.